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09/03/2011 · Subvenciones a Jóvenes para préstamos hipotecarios

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La Diputación de Valladolid convoca subvenciones a los jóvenes para financiar cantidades relativas a 6 meses de intereses devengados en el año 2011 de los préstamos hipotecarios concertados para la adquisición de viviendas en los municipios de la Provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.

A los efectos de la aplicación de la presente convocatoria en esta línea B se entenderá por viviendas las edificaciones residenciales, unifamiliares, plurifamiliares o en régimen de propiedad horizontal, cualquiera que sea su superficie y la de sus anejos vinculados.

Solicitudes:
La solicitud, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid conforme al modelo que se incluyen como Anexo I, especificando que corresponde a la línea B, y se presentará directamente en el Registro General de la Diputación Provincial [Palacio Pimentel] C/ Angustias, 44 | 47003 | Valladolid, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LPAC).

Solo se podrá presentar una solicitud por persona y para una sola de las líneas. En caso de presentarse varias solicitudes por un solo beneficiario, éste será excluido.

Plazo de presentación: Hasta el 30 de junio de 2011.

Documentación:
• Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, fotocopia del libro de familia o certificación de unión de hecho.
• Documento acreditativo del empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento del municipio donde se ha adquirido la vivienda.
• Nota simple del Registro de la Propiedad donde conste que el solicitante ostenta la propiedad o copropiedad de la vivienda.
• Copia simple de la Escritura Pública de adquisición de la Vivienda.
• Copia simple de la Escritura Pública de constitución del Préstamo hipotecario.
•  Certificado Bancario o documento fehaciente en el que conste el tipo de interés inicial aplicado al préstamo suscrito.
• Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que le resulte de aplicación, según Anexo II.
• Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en los artículos 22, 23 y 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo II.
• Declaración de no tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid, según Anexo II.
• Relación de los miembros computables de la unidad familiar que han recibido ingresos durante al año 2009, acompañada de la Fotocopia de la Declaración de I.R.P.F. de 2009 de todos los miembros de la familia obligados a presentarla y, en su caso, de los copropietarios.
• En el supuesto de que no hayan presentado Declaración de IRPF de 2009, deberán presentar el Certificado de Imputaciones del IRPF de 2009.
• En defecto de lo anterior, deberán autorizar a la Diputación para que, de oficio, se pueda solicitar de la Agencia Tributaria los datos necesarios, según Anexo III.
• Autorización para que la Diputación, de oficio, pueda solicitar a la Dirección
General del Catastro los datos necesarios en relación a la titularidad de los inmuebles del solicitante, miembros de la unidad familiar y copropietarios, según Anexo III.

Destinatarios:
Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las personas físicas que hubieran adquirido una vivienda, se entenderá por viviendas las edificaciones residenciales, unifamiliares, plurifamiliares o en régimen de propiedad horizontal, cualquiera que sea su superficie y la de sus anejos vinculados, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011 y cumplan además de la anterior todas y cada una de las siguientes condiciones:
1. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 36 años, ambos inclusive, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
2. Tener suscrito con Entidad financiera un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda rural, con fecha comprendida entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de junio de 2011, ambos inclusive.
3. Que la renta del solicitante o, en su caso, de la unidad familiar en que se integre no supere la cantidad de 48.000 euros. Este límite será aplicable igualmente en los casos de copropiedad, computándose a tales efectos los ingresos de todos los copropietarios.
4. Figurar inscrito como vecino en el padrón del municipio donde se haya adquirido la vivienda.
5. Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean titulares de un derecho de dominio exclusivo sobre alguna otra vivienda habitable.
6. Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente del solicitante y, en su caso, de su unidad familiar, sin que pueda ser objeto de cesión o transmisión intervivos por ningún título durante un plazo de 10 años desde la concesión de la subvención.
7. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que le resulte de aplicación.
8. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en los artículos 22, 23 y 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
9. No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid.

Gastos Subvencionables:
La aportación de la Diputación sólo podrá ser aplicada al objeto de la subvención, es decir, a los intereses de los préstamos hipotecarios de los que sean titulares los propietarios de las viviendas. No serán subvencionables los demás gastos que genere la adquisición de la vivienda (gastos notariales, registrales, periciales, etc.).

Cuantía de la subvención:
Un total de 100.000 euros. El importe de la subvención por solicitud en esta línea B será la cantidad correspondiente a los intereses de 6 meses devengados en el 2011 del préstamo hipotecario concertado, con el límite máximo de interés del 5,25% y del principal de 75.000 euros, cuando el interés inicial del préstamo concertado y la cuantía del mismo fueren superiores a dicho límite.
Las subvenciones que se concedan en esta línea, con el límite indicado anteriormente, no podrán superar la cantidad de 2.000 euros.

Gastos Subvencionables:
La aportación de la Diputación sólo podrá ser aplicada al objeto de la subvención, es decir, a los intereses de los préstamos hipotecarios de los que sean titulares los propietarios de las viviendas. No serán subvencionables los demás gastos que genere la Adquisición de la vivienda (gastos notariales, regístrales y periciales, etc.).

El BOP de 4 de marzo de 2011 puede consultarse en las Oficinas del Ayuntamiento de Nava del Rey o bien haciendo clic aquí

+ INFO:
Diputación Provincial de Valladolid
Servicio de Juventud y Deportes
Edificio Hospital Viejo
Avda. Ramón y Cajal, s/n
47003 | Valladolid
Tel. 983 427 100 – Fax. 983 427 219
Info: clic aquí

P.I.J. de Nava del Rey
Casa de Cultura
Plaza de la Verdura, s/n.
47500 | Nava del Rey | Valladolid
Tel. 983 850 293 - Fax. 982 850 484
email: cultura@ayto-navadelrey.com
web: www.ayto-navadelrey.com

Foto superior: Banco de imágenes del Ministerio de Educación.

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