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21/12/2010 · Subvenciones destinadas a autónomos

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El Servicio Público de Empleo de Castilla y León convoca subvenciones destinadas a fomentar la contratación por cuenta ajena del primer, segundo y/o tercer trabajador por parte de autónomos en la Comunidad de Castilla y León

SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA.

Solicitudes: 1.– La solicitud se formulará según el modelo normalizado, clic aquí. que estará disponible en la sede electrónica de  la Administración de  la Comunidad de Castilla y León, accesible a través de la dirección electrónica: «http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es» y en la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es) y se podrá cursar en los Registros de la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León donde radique el centro de trabajo en el que la persona o personas contratadas vayan a prestar sus servicios, sin perjuicio de lo establecido  en  el artículo 38.4 de la  Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante una oficina de Correos, en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada, según lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de iciembre, por el que se regula la prestación de los servicios postales, y de forma telemática, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es), conforme a los requisitos y condiciones técnicas establecidos en la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero.

Plazo de Solicitud:
El  período  de  presentación  de  solicitudes  se extenderá desde el día en que produzca efectos la presente Resolución de convocatoria, hasta el día 31 de diciembre de 2010, de acuerdo con los siguientes plazos:

a) Para las contrataciones cuya fecha de inicio sea posterior al 31 de diciembre de 2009 y anterior a la fecha en que esta Resolución de convocatoria produzca efectos, el plazo de presentación de  las solicitudes es de dos meses contados desde dicha producción de efectos.
b) Para las contrataciones cuya fecha de inicio sea posterior a la producción de efectos de esta Resolución de convocatoria, el plazo de presentación de  las solicitudes es de dos meses contados desde la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
No obstante, la tramitación de las solicitudes presentadas en el último trimestre natural del año se podrá iniciar en el ejercicio económico siguiente.

Beneficiarios: Los autónomos o profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, siempre que lleven a cabo contrataciones por cuenta ajena en los términos y con los requisitos establecidos en la presente orden y en la resolución de convocatoria de subvención

Cuantía:  
1.- La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa con trabajadores mayores de 30 años se subvencionará con una cuantía de 5.000 euros.
2. La celebración de contratos de duración indefinida a jornada completa con trabajadores menores de 30 años se subvencionará con una cuantía de 6.000 euros.
3. Los importes anteriores se incrementarán con una subvención adicional de 600 euros, si la contratación se formaliza con una mujer, y de 500 euros cuando el trabajador contratado se incorpore a un centro de trabajo ubicado en alguno de los municipios que por tratarse de zonas más desfavorecidas, con menor índice de desarrollo o por otras circunstancias, se especifiquen en la respectiva convocatoria.

Compatibilidad: Las subvenciones recibidas al amparo de esta orden serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad. El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad subvencionada.

Legislación:
. RESOLUCIÓN de 28 de mayo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (BOCYL de 3 de junio de 2010), por la que se convocan las subvenciones destinadas a fomentar la contratación por cuenta ajena del primer, segundo y/o tercer trabajador por parte de autónomos en la Comunidad de Castilla y León para el año 2010, cliq aquí.

+INFO:
Junta de Castilla y León
Servicio Público de Empleo de Castilla y León
web: www.jcyl.es.

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Foto superior: Banco de imágenes del Ministerio de Educación.

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