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28/10/2008 · Condiciones-subasta para el aprovechamiento de piña

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Pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir en la subasta para el aprovechamiento de piña en el Monte nº 17 del CPU denominado Común y Escobares del Ayuntamiento de Nava del Rey.

1º. OBJETO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1.1. Constituye el objeto del contrato el aprovechamiento de piñas mediante subasta del Monte nº 17 del C.U.P., denominado Común y Escobares, conforme al anexo III al presente pliego que son el pliego de cláusulas técnico-facultativas particulares del aprovechamiento de piña, aprobado por el servicio territorial de Medio Ambiente de la delegación territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid.
1.2. La tramitación del expediente de contratación será urgente, fundada la urgencia en la necesidad de estar adjudicado el contrato antes del 11 de noviembre de 2008 y los plazos se computarán en días naturales. Si el último día fuera sábado o festivo, se prolongará el plazo al siguiente día hábil (artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
1.3. La forma de adjudicación será por criterio único (subasta al alza), porque se pretende seleccionar al adjudicatario exclusivamente en atención a la oferta cuyo precio sea más elevado
dada la naturaleza del contrato, en cumplimiento todo ello del art. 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local, y 112 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio.

2º.- TIPO DE OFERTA.
2.1. Se señala como precio de licitación al alza el siguiente:
15.750,00€, más el 9% de dicha cantidad en concepto de IVA
3º.- DURACIÓN DEL CONTRATO
3.1. La duración del contrato de aprovechamiento se fija desde el día 11 de noviembre de 2008 hasta el día 15 de marzo de 2009.
3.2. Si vigente el contrato, surgieran incidencias que determinen la necesidad de ampliar los plazos establecidos, la pertinente modificación deberá ser resuelta de modo expreso por el órgano
de contratación.
4º.- PAGO.
4.1. El adjudicatario deberá proveerse de la licencia de aprovechamiento y hacer el pago del precio, y del IVA, en un plazo de 10 días naturales al siguiente, a la notificación de la adjudicación
, y en todo caso antes de realizar el aprovechamiento, ingresando al Ayuntamiento el 85% del precio y el IVA, y el 15% restante al Servicio Territorial de Medio Ambiente y O.T., destinado al fondo de mejoras del monte, y las tasas que corresponda.
5º.- CAPACIDAD.
5.1. Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales o personas jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad para ello en
los términos previstos en el artículo 43 de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículos 9 y 10 del Reglamento General y no se encuentren incluidas en alguno de los supuestos de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidos en el artículo 49 de la citada Ley.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias.
Conforme al artículo 48 de la Ley de Contratos del Sector Público, también podrán presentar proposiciones las Uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que
sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, quedando obligados todos ellos de forma solidaria ante el Ayuntamiento.

A dicha documentación se añadirá un documento en el que conste expresamente los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriban la Unión Temporal, la participación de cada uno de ellos y el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. Deberá así mismo designar la persona o entidad que durante el procedimiento licitatorio y durante la ejecución del contrato, si resultasen adjudicatarios, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Ayuntamiento de Nava del Rey, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del expediente, sin perjuicio de la existencia de poderes ancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
La duración de las Uniones Temporales de Empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
6º.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
6.1. Las proposiciones serán secretas y se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, en el plazo de ocho días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.
6.2. Las proposiciones serán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y se titularán “Proposición para tomar parte en la subasta para el aprovechamiento de piñas del monte nº 17 del C.U.P. denominado Común y Escobares propiedad del Ayuntamiento y se presentarán en un sobre en cuyo interior figurarán otro sobre: el A titulado “Referencias” y el sobre B titulado: “Proposición
económica”
También podrá presentarse la documentación en las oficinas de Correos en el plazo señalado anteriormente. En este caso, el empresario deberá JUSTIFICAR la fecha de imposición del envío
en la oficina de Correos y ANUNCIAR, al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante Fax al nº 983 850484 o telegrama en el mismo día, indicando la licitación a la que concurre, así como el nombre o en su caso, razón social de la empresa. Sin la oncurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, 5 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de proposiciones tal y como éste se indique en el anuncio de licitación sin haberse recibido la
proposición por el Órgano de Contratación, ésta no será admitida en ningún caso.
6.3. Durante el plazo de presentación de proposiciones los interesados podrán examinar en las oficinas municipales los pliegos de cláusulas administrativas particulares así como el resto de documentación del expediente de contratación pudiendo solicitar cuantas aclaraciones consideren convenientes.
6.4. Cada licitador sólo podrá presentar una proposición. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por el suscritas.
7º.- GARANTÍA PROVISIONAL .
Dada la naturaleza del contrato, se dispensa la presentación de garantía provisional
8º.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
8.1. La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicionada por parte del licitador de las cláusulas de este pliego.
8.2. Los licitadores presentarán sus proposiciones económicas en el modelo que figura como anexo I- a este pliego y se incluirán en el sobre B titulado “Proposición económica”.
8.3. En el sobre A titulado “Referencias” se incluirá la siguiente documentación:
Una hoja independiente del resto de la documentación en la que se haga constar el contenido del sobre, enunciado numéricamente.
A.- La que acredite la personalidad del licitador y la representación del firmante de la proposición.

Si el firmante de la proposición es persona natural, la acreditación de la personalidad se realizará mediante copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
En caso de que actuara en calidad de representante del licitador, el poder que acredite la posibilidad de firmar la proposición que presente deberá estar debidamente bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento, si es licenciado en derecho, o por cualquier letrado ejerciente en la población o en la capital de provincia.
Si el oferente es persona jurídica deberá aportar escritura de constitución de la Sociedad o de la modificación de sus estatutos, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le fuere aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, o de modificación de Estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Si la persona natural o jurídica es extranjera, deberá acompañar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato con renuncia al fuero.
B.- Declaración responsable ( según modelo anexo II) otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones para
contratar que recogen en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público. Esta declaración responsable comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La capacidad, en su caso, de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, y capacidad de las restantes empresas extranjeras, habrán de acreditarse de
conformidad con lo previsto en los arts 9 y 10 del R.D. 1098/2001.
C.- Escrito firmado por el que lo ha hecho en la proposición en el que conste nº de teléfono y fax y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones durante el proceso selectivo.

8.4. En el sobre o sobres B titulado “Proposición Económica se incluirá la siguiente documentación:
Oferta económica, según modelo anexo I-, no teniéndose por correcta ni válida aquella proposición económica que contenga cifras comparativas o expresiones ambiguas, ni aquella que se presente con enmiendas o raspaduras que puedan inducir a duda racional sobre su contenido.
En caso de discrepancia entre la cantidad expresada en letra y en cifra, la cantidad que se tendrá en cuenta para la valoración será la que aparezca reflejada en letra.
9.- EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
9.1. Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se reunirá la Mesa de Contratación, compuesta por el Sr/a Alcalde, que la preside, y los siguientes vocales:
Dª. María Isabel Viña Hernández, Concejala de este Ayuntamiento.
D. José María Elvira Fernández, Secretario-Interventor de la Corporación, que actuará como Secretario de la Mesa.
La Mesa calificará previamente la documentación presentada en tiempo y forma. A tal efecto se procederá a la apertura del sobre A titulado “Referencias”, certificándose por el Sr. Secretario la documentación que contiene.
Si la Mesa observare alguna deficiencia en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados y publicará esta circunstancia en el tablón de anuncios, concediéndoles un plazo no
superior a tres días hábiles para que se subsane.
Este acto, se celebrará a las doce horas del quinto día siguiente al de la finalización del plazo señalado para la presentación de ofertas.

9.2. La apertura del sobre B titulado “Proposición económica”, se hará por la Mesa en acto público y tendrá lugar a los cinco días siguientes al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, constituyéndose a estos efectos la Mesa de Contratación a las catorce horas.
El acto comenzará con la lectura por el Sr. Secretario del anuncio de licitación, dándose además conocimiento público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores por cada lote.
Seguidamente, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados invitando expresamente a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan.
Tras ello, el Presidente procederá a la apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas de los licitadores, dando lectura a las mismas, y propondrá al órgano de contratación que adjudique el contrato de cada lote al mejor postor, es decir, a la oferta que ajustándose al pliego de cláusulas administrativas particulares, represente mayor ventaja económica para el Ayuntamiento.
9.3 Si los días señalados para la apertura de los sobres fueran sábado, domingo o día inhábil en el municipio de Nava del Rey, la reunión de la Mesa se aplazará al primer día hábil siguiente sin
variación de la hora.
9.4. Si se presentasen dos o más proposiciones iguales que resultasen ser las más ventajosas se decidirá la adjudicación entre éstas mediante sorteo, que se hará por la Mesa de Contratación en
el mismo acto público de apertura de las proposiciones.
10.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
10.1. El acuerdo de adjudicación de cada lote se dictará en el plazo máximo de diez días naturales a contar desde el siguiente al de apertura en acto público de la proposición económica. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en dicho plazo el licitador tendrá derecho a retirar su proposición La adjudicación del contrato será notificada a todos los participantes en la licitación.
10.2. La adjudicación del contrato de cada lote no se realizará por el órgano de contratación hasta tanto conste en el expediente la acreditación documental, en los términos previstos en los arts. 13
a 15 del R.D. 1098/2001, de que el licitador propuesto para ser adjudicatario está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las
disposiciones vigentes y no tiene deudas contraídas con el Ayuntamiento, así como acreditación de estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E y al corriente de su pago.
A estos efectos, el órgano de contratación concederá un plazo de 5 días hábiles al empresario propuesto para la adjudicación del contrato para que aporte la documentación indicada en el párrafo anterior advirtiéndole que, de no hacerlo, quedará excluido del procedimiento licitatorio por estar incurso en la causa de prohibición de contratar señalada en el apartado d) del art. 50 Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
10.3 La adjudicación se notificará a todos los licitadores participantes en la subasta.
11.- GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación del lote del que resulte adjudicatario en el plazo 5 días a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, no formalizándose el contrato en tanto no se preste la citada garantía y los pagos del 85% de la adjudicación e IVA total del contrato al Ayuntamiento, y del 15% de la adjudicación y gastos de señalamiento al Fondo de Mejora de la Comisión Provincial de Montes.
12.- DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN.
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, debiendo acreditarse documentalmente el previo pago, avisando oportunamente el adjudicatario del día y hora de la firma, dando fe del citado acto el Secretario de la Corporación.

No obstante, a continuación se iniciarán los trámites para su elevación a escritura pública siendo los gastos que se originen de cuenta del adjudicatario.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del mismo con incautación de la garantía y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, siendo trámite necesario la audiencia. Si las causas de la no formalización fueran imputables al Ayuntamiento, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
13º.- GASTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO.
13.1. El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios, la totalidad del IVA correspondiente al valor final de la adjudicación junto con el 85% del precio de la adjudicación al
Ayuntamiento de Nava del Rey
13.2. El adjudicatario está obligado al pago de los gastos de señalamiento que se ingresarán junto con el 15% del precio de adjudicación en la cuenta del Fondo de Mejoras
13.3. Serán igualmente por cuenta del adjudicatario otros gastos que se ocasionen con motivo de la preparación y formalización del contrato, incluso honorarios de Notario autorizante y todo género de tributos estatales o locales.
14º.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene carácter privado de acuerdo con el artículo 4.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación,
por el presente pliego del Cláusulas administrativas particulares, el pliego de condiciones técnico facultativas particulares, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, por el R. Decreto Legislativo 781/1986 y por el R.D. 1372/1986, por el que se aprueba el Reglamento
de Bienes de las Entidades Locales, aplicándose para no previsto en este pliego los principios de la contratación pública para la resolución de las dudas y lagunas que pudieran plantearse. En
cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas de derecho privado.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan sobre estos contratos entre las partes. No obstante, se consideran actos jurídicos separables los que se
dicten en relación con su preparación y adjudicación, y en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
En Nava del Rey a 21 de octubre de 2008
El Secretario

ANEXO IMODELO
DE PROPOSICIÓN
D. _________________________________________________ con domicilio en C/
__________________________________ nº ____ de __________________, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en su propio nombre y derecho (o con poder
bastante de _______________________, con N.I.F. nº ________________________, en cuyo nombre y representación comparece), enterado de que por el Ayuntamiento de Nava del Rey se va a proceder a la adjudicación del aprovechamiento de piña del Monte nº 17 del C.U.P. denominado Común y Escobares, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares y con el pliego de prescripciones técnico-facultativas particulares que conoce y acepta en su integridad, se compromete a abonar como precio de licitación (importe en cifra y letra) ………………………………………………………............., incluido el I:V:A vigente (9%), que asciende a la cantidad de ………………………………..euros.
En ___________________________________, a _____ de ________________ de
2.00__.
Fdo.: __________________________________

ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D.________________________________, con D.N.I. ________________________, actuando en nombre y representación de la Empresa______________________________________, según poder bastante vigente al día de la fecha, DECLARA, de forma responsable ante el órgano competente del Excmo. Ayuntamiento de Nava del Rey : PRIMERO: Que el que suscribe la presente declaración/ Que la Empresa______________, en cuyo nombre actúa y el/los Administrador/es de la misma, no están incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar de las previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
SEGUNDO: Que el que suscribe la presente declaración/ Que esta Empresa, se encuentra actualmente al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos definidos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que no tiene deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Nava del Rey, en los términos previstos en el artículo 13.1 e), del Real Decreto citado anteriormente.
TERCERO: Estas declaraciones se hacen sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente estas circunstancias en el supuesto de resultar propuesto para la adjudicación provisional del contrato, en el plazo señalado en los pliegos para que el órgano de contratación proceda a la adjudicación definitiva del mismo.
CUARTO: Se autoriza expresamente al Ayuntamiento de Nava del Rey, para que si procede, se expida e incorpore al expediente la pertinente certificación acreditativa de la situación tributaria del que suscribe la presente declaración/de la Empresa_________________ con el Ayuntamiento de Nava del Rey.
Y para que así conste y surta efectos en el expediente de contratación al que se refiere la proposición presentada, se firma esta declaración responsable.
En ____________________ a______ de _____________ de 2.00__
Fdo.:_________________________

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