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14/03/2012 · Subvenciones a Jóvenes para proyectos de viviendas

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La Diputación de Valladolid convoca subvenciones a los jóvenes para financiar los honorarios técnicos de redacción de proyectos y dirección facultativa para la construcción o rehabilitación de viviendas unifamiliares en el ámbito rural en municipios de la Provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.

A efectos de la presente convocatoria en esta Línea A se entiende por  vivienda unifamiliar aquélla cuya construcción o rehabilitación sea autopromovida. Tratándose de pisos en régimen de propiedad horizontal u otro tipo de viviendas no autopromovidas, se admitirán exclusivamente las obras de rehabilitación de la vivienda con proyecto de ejecución único e individual.

Solicitudes:
La solicitud, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid conforme al modelo que se incluyen como Anexo I, especificando que corresponde a la línea B, y se presentará directamente en el Registro General de la Diputación Provincial [Palacio Pimentel] C/ Angustias, 44 | 47003 | Valladolid, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LPAC).

Solo se podrá presentar una solicitud por persona y para una sola de las líneas. En caso de presentarse varias solicitudes por un solo beneficiario, éste será excluido.

Plazo de presentación: Hasta el 30 de junio de 2012.

Documentación:
• Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, fotocopia del libro de familia o certificación de unión de hecho.
• Fotocopia del proyecto básico o proyecto de ejecución, (EXCLUIDOS LOS PLANOS) que en todo caso deberá incluir el coste previsto de EJECUCIÓN MATERIAL.
• Factura/s pro-forma con fecha 2012 emitidas por la dirección facultativa en la que conste/n los gastos derivados de la redacción y/o dirección facultativa y firmadas.
• Documento acreditativo del empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento del municipio donde se va a realizar la construcción o rehabilitación de la vivienda. En el caso de que por ostentar la propiedad de una parcela no pudiera estar empadronado, declaración del solicitante asumiendo el compromiso de hacerlo tan pronto como fuere posible.
• Nota simple del Registro de la Propiedad donde conste que el solicitante ostenta la propiedad o copropiedad del solar o vivienda, o, en su caso, el documento que acredite la cesión o el compromiso de cesión por parte del progenitor/es del solicitante.
• Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que le resulte de aplicación, según Anexo II.
• Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en los artículos 22, 23 y 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo II.
• Declaración de no tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid, según Anexo II.
• Relación de los miembros computables de la unidad familiar que han recibido ingresos durante al año 2010, acompañada de la Fotocopia de la Declaración de I.R.P.F. de 2010 de todos los miembros de la familia obligados a presentarla y, en su caso, de los copropietarios. En el supuesto de que no hayan presentado Declaración de IRPF de 2010, deberán presentar el certificado de imputaciones del IRPF de 2010.
• En defecto de lo anterior, deberán autorizar a la Diputación para que, de oficio, pueda solicitar de la Agencia Tributaria los datos necesarios, según Anexo III.
• Autorización para que la Diputación, de oficio, pueda solicitar a la Dirección General del Catastro los datos necesarios en relación a la titularidad de los inmuebles del solicitante, miembros de la unidad familiar y copropietarios, según Anexo III.

Destinatarios:
Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las personas físicas que residiendo en municipios de la provincia de Valladolid con menos de 20.000 habitantes, cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
1. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 36 años, ambos inclusive, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
2. Que la renta del solicitante o, en su caso, de la unidad familiar en que se integre no supere la cantidad de 50.000 euros. Este límite será aplicable igualmente en los casos de copropiedad, computándose a  tales efectos los ingresos de todos los copropietarios.
3. Figurar inscrito como vecino en el padrón del municipio donde se va a proceder a la construcción o rehabilitación de la vivienda unifamiliar. En el caso de que por ostentar la propiedad de un solar no pueda empadronarse, deberá asumirse el compromiso de hacerlo tan pronto como sea posible.
4. Ostentar la propiedad o copropiedad de un solar donde vaya a realizarse la construcción de la vivienda unifamiliar, o de una vivienda unifamiliar que vaya a ser objeto de rehabilitación. También se admitirá que la propiedad corresponda al progenitor del solicitante, siempre que se acompañe el documento que acredite que el solar o vivienda ha sido objeto de cesión o va a ser cedido de forma gratuita u onerosa para la realización de las obras de construcción o rehabilitación. Tratándose de cesión que conste en documento privado o de compromiso de cesión, la elevación a escritura pública deberá producirse en un plazo no superior a 6 meses contado desde la fecha del documento o del compromiso.
5. Que en el caso de presentarse proyecto básico, se asuma el compromiso de que el proyecto de ejecución será visado por el Colegio de Arquitectos con carácter previo a la ejecución de las obras y que el presupuesto de ejecución material que figure en el proyecto de Ejecución no supere el del proyecto básico presentado.
6. Que los honorarios técnicos de la redacción de proyecto y dirección facultativa para la construcción o rehabilitación de vivienda se devenguen durante el año 2012 (la fecha de la factura y el pago deberán efectuarse obligatoriamente en el año 2012).
7. Que la construcción o rehabilitación de vivienda unifamiliar se inicie, como máximo, previa la obtención de la correspondiente licencia de obras y de conformidad con lo establecido en la legislación y el planeamiento urbanístico, durante el primer semestre del año 2013, y finalice, como máximo, el 31 de diciembre del año 2014.
8. Que el coste de ejecución material previsto para la construcción o rehabilitación de vivienda no supere la cantidad de 180.000 euros, según datos recogidos en el proyecto básico o proyecto de ejecución que se presente.
9. Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean titulares de un derecho de dominio exclusivo sobre alguna otra vivienda habitable (al margen, en su caso, de la que se pretende rehabilitar).
10. Que la vivienda que se construya o rehabilite se destine a residencia habitual y permanente del solicitante y, en su caso, de su unidad familiar, sin que puede ser objeto de cesión o transmisión intervivos por ningún título durante un plazo de 10 años desde la concesión de la subvención.
11. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que le resulte de aplicación.  
12. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos en que éstas se definen en los artículos 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en los artículos 22, 23 y 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
13. No tener deudas tributarias vencidas pendientes de pago con la Diputación Provincial de Valladolid.

Gastos Subvencionables:
La aportación de la Diputación sólo podrá ser aplicada a los honorarios facultativos, incluido el IVA, y los derechos colegiales, devengados por la redacción de proyectos técnicos y la dirección facultativa para la ejecución de viviendas unifamiliares. No serán subvencionables los demás gastos que genere la construcción o rehabilitación de la vivienda (préstamos hipotecarios, gastos notariales, registrales y periciales, etc.).

Cuantía de la subvención:
El crédito tendrá la siguiente distribución para esta Línea A: Un total de 75.000 euros.
El importe máximo de subvención por solicitud en esta línea no podrá superar el 80% de los gastos de redacción del proyecto técnico y dirección facultativa.
Las subvenciones que se concedan en esta línea, con el límite indicado anteriormente, no podrán superar la cantidad de 2.500 euros.

El BOP de 14 de marzo de 2012 puede consultarse haciendo clic aquí.

+ INFO:
Diputación Provincial de Valladolid
Servicio de Juventud y Deportes
Edificio Hospital Viejo
Avda. Ramón y Cajal, s/n
47003 | Valladolid
Tel. 983 427 100 – Fax. 983 427 219
web: www.diputaciondevalladolid.es.

P.I.J. de Nava del Rey
Casa de Cultura
Plaza de la Verdura, s/n.
47500 | Nava del Rey | Valladolid
Tel. 983 850 293 - Fax. 982 850 484
email: cultura@ayto-navadelrey.com
web: www.ayto-navadelrey.com

Foto superior: Banco de imágenes del Ministerio de Educación.

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